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abril  29, 2024

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Régimen de contrataciones de la administración nacional. La comisión de recepción final.

Por Mariano Fandiño


“La comisión de recepción es la encargada de recibir los bienes y servicios contratados; debe controlar que estos correspondan con lo descripto en el pliego de bases y condiciones particulares y demás documentos que rigen el procedimiento de contratación; y carga con la obligación de entregar la conformidad de recepción final. Se compone de tres (3) titulares y (3) suplentes. Son designados, mediante acto administrativo, por la autoridad con competencia para autorizar la convocatoria o aprobar el procedimiento, no pudiendo pertenecer quienes intervengan en el proceso de selección del contratante. Sin embargo podrán asesorar a la comisión a requerimiento de esta. Puede existir una sola comisión para toda la jurisdicción o ente contratante.”

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Términos mencionados en esta doctrina: comisión, recepción, procedimiento.

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